miércoles, 8 de agosto de 2007

Peritaje psicológico en derecho penal

La ley 906 de 2004, ha abierto la posiblidad al perito psicólogo Colombiano de trabajar y apoyar al abogado litigante en los siguientes temas:
- Evaluación para impugnación de credibilidad del testigo (según art. 403).
- Evaluación para apreciación del testimonio (art. 404).
- Evaluación del testimonio en pruebas de identificación.
Los anteriores, son los temas que ha abierto la mencionada ley, pero es preciso recordar que el perito psicólogo ha tenido gran participación en peritajes que involucran a la credibilidad de la declaración de menores víctimas de abuso sexual, inimputabilidad, falsas alegaciones de abuso sexual y maltrato, simulación y engaño en ofendidos, trastorno psíquico (art 115 del C. de P.P) entre otros. Todo lo anterior, en casos de homicidio, delitos sexuales, lesiones personales, violencia intrafamiliar, miedo insuperable, defensa propia, premeditación y alevosía.
alexandrarodriguezpsicologa@gmail.com

Peritaje psicológico en Colombia: el antes y el después de la ley 906 de 2004

Antes de esta ley, el peritaje psicológico se limitaba al trabajo que pudiese hacer un psicólogo adscrito a Medicina legal. No era mucho el campo de acción: tomar declaraciones de niños presuntamente abusados y de personas presuntamente violentadas. Muy pocos psicólogos trabajaban de manera privada o "de parte"(aunque la ley 599 y 600 permitía presentar informes realizados por peritos no oficiales), debido a que los abogados litigantes han confiado a "pie juntilla" en el concepto pericial que puede dar un instituto como Medicina legal, "el instituto de la verdad". Sobre esto, mi opinión personal es que, creer que en medicina legal se hacen peritajes de excelente calidad (al menos, en el tema mental), es como creer que en el Seguro Social, prestan servicios de salud de excelente calidad; es creer, que un hijo puede recibir una educación de excelente calidad en un colegio distrital.
Afortunadamente el sistema acusatorio, según la Defensoría del Pueblo, le ha permitido al abogado litigante moverse mas allá de un sólo cuadro del ajedrez. Le ha permitido "meterle el diente" a un caso, si así lo considera y esto, gracias a uno de los principios rectores del sistema acusatorio:la igualdad. De esta manera, hoy es posible que el abogado defensor cuente con su propio perito psicólogo (o "perito de confianza"), quien le puede ayudar a evaluar mejor las pruebas. Hoy es posible que el abogado litigante investigue mediante los oficios de su propio perito y, que no se limite sólo a esperar a que la fiscalía "le pruebe" sin poder solicitar mayor oportunidad de controvertir las pruebas, derecho consagrado en la Constitución Nacional. Solo así, con el ejercicio de la sana contradicción de las pruebas entre las partes, es mas probable llegar a la verdad y hacer justicia.
alexandrarodriguezpsicologa@gmail.com

Psicólogo o psiquiatra: ¿a cual perito contratar?

En Colombia, por tradición, han sido los psiquiatras quienes han realizado peritajes en el tema "mental". Mental entre comillas, porque los problemas de comportamiento humano no nacen en la mente... pero esto será tema de otro titular del blog. Por esto, lo mas adecuado, desde la investigación científica, es referirse en términos de psicopatologías o de trastornos del comportamiento.¿Por qué razón jueces y abogados Colombianos han pedido peritajes sólo a los psiquiatras? La respuesta no es "porque son médicos", "porque saben más de comportamiento humano". Aunque si se han argumentado estas frases, la verdad es muy sencilla: los psiquiatras aparecieron en la historia primero que los psicólogos. Sucede igual que con los medicos y los curanderos. La gente, prefería consultar a los segundos porque ellos aparecieron primero y si a esto se le adiciona que, por cultura, una mentira al ser dicha tantas veces se cree que es verdad...bueno, ahí tenemos a las enfermos consultando a los curanderos en lugar de los médicos y, a los deprimidos o ansiosos consultando a la bruja, en lugar del psicólogo clínico.Sin embargo, si existe una diferencia fundamental entre psiquiatra y psicólogo, diferencia que se afianza en materia forense o pericial: el psiquiatra se ocupa de los casos forenses en el que medie una causa biológica (alguna sustancia del cerebro que produce una anomalía en el comportamiento). El psicólogo, por su parte, se ocupa de los casos forenses en los que medie una causa de tipo emocional, social y comportamental, sin desatender lo biológico. Esta es la razón por la que un psicólogo está mas capacitado para dictaminar sobre la credibilidad de la declaración de un procesado o de un ofendido: porque decir o no la verdad, no depende de ninguna sustancia cerebral, no depende de la serotonina, norepinefrina, etc. Depende de muchas variables emocionales y sociales que, el médico, por ser un profesional dedicado a lo biológico y a disagnosticar según la presentación de síntomas físicos, no esta en condiciones científicas de hacer.Por lo anterior, es posible concluir que el abogado litigante que busque a un psiquiatra privado para evaluar o controvertir un testimonio o, para que le ayude a demostrar por qué su representado es idóneo como padre (o madre) para aspirar a la custodia de su hijo, está como el comercial de Davivienda: en el lugar equivocado!.
alexandrarodriguezpsicologa@gmail.com

lunes, 6 de agosto de 2007

Falsas alegaciones de abuso sexual

Este tema ha adquirido vital importancia en el área forense en Colombia. El incremento de las penas para los abusadores y violadores de niños, así lo confirman. La desacertada creación del "muro de la infamia" en Bogotá, así lo demanda.
Hasta no hace mucho tiempo, los niños no eran creídos cuando afirmaban haber sido tocados, manipulados o accedidos sexualmente por un familiar o conocido. No era extraño escuchar a los abogados litigantes hablar del niño(a) víctima como "fantasioso", "mitómano" y hasta "seductor". Hoy día, este mito se ha polarizado hacia el otro lado: se le debe creer a todo niño(a) que afirme haber sido abusado por alguien mayor que él. Y esto esta bien. Se le debe creer. Mas no se puede condenar a una persona a la cárcel, al muro de la infamia y a vivir reseñada de por vida, sólo porque el niño(a) lo dice, porque no se encuentran pruebas físicas de la ofensa y, porque la pericia psicológica no evalúa objetiva y científicamente la declaración del menor.
En el plano internacional, cuando no se cuentan con pruebas periciales que confirmen un acceso físico al menor (semen, desfloración, desgarre, etc), la evaluación de la credibilidad del testimonio del menor es indispensable. ¿por qué?, por que sobre ese testimonio se podría condenar a una persona inocente y a su familia a vivir con el señalamiento ya mencionado de por vida.
De ninguna manera se esta afirmando que todos o la mayoría de los niños(as) presuntas víctimas, sean mentirosos. Lo que se esta clamando es que, sobre esa revelación se realice una investigación rigurosa que determine si el abuso sexual ocurrió, y si fue el procesado quien lo realizó. Parece muy obvio. El lector, si es abogado, dirá que claro, por supuesto, este es el objetivo de la investigación judicial, de la justicia Colombiana, de los procesos penales, etc. Pero, la realidad muestra que nuestras cárceles pueden estar repletas de personas injustamente señaladas como abusadores sexuales. Las razones, se exponen como sigue:
1. Los niños son capaces de mentir. Y mienten, incluso cuando se les graba y se les demuestra que su dicho no es cierto, se sostienen en ello.
2. Lo niños mienten por que alguien cercano se los pide u ordena. Mienten para favorecer o proteger a alguien. Para vengarse de alguien.
3. Los adultos no son capaces de discriminar entre una mentira y una verdad dicha por un niño.
4. Incluso los profesionales que deberían capacitarse en descubrir la verdad, no lo hacen, y cuando lo hacen no tienen tiempo de aplicar los rigurosos protocolos para descubrirlo.
5. Los profesionales encargados de entrevistar a los niños dentro de los procesos judiciales, añaden información falsa a la versión del niño, mediante la incorrecta formulación de preguntas (p.e. ¿tu tío te hizo eso?, ¿cuantas veces te lo hizo?, etc).
6. A los abogados les cuesta controvertir las declaraciones de los niños. Muchos lo consideran caso perdido, dada la sobre protección que ahora se tiene sobre los niños en este tema.
7. Los imputados terminan aceptando los cargos, porque ni siquiera entienden los "negocios" que eles ofrece la fiscalía: terminan aceptando un hecho que no cometieron, para ganar algo: unos cuanto meses menos de cárcel, aunque queden señalados de por vida.
Y todo lo anterior, sólo porque los seres humanos tenemos la tendencia de creer en todo cuanto se nos dice. Y si lo dice un niño que supuestamente no tiene historia sexual, con mayor razón. Y si a ese niño lo defiende una fiscal con hijos, con mayor razón. Y si el acusado es un hombre que se ha caracterizado por ser coqueto, cariñoso, mujeriego, gustoso del sexo o cercano a los niños, con mayor razón.
En conclusión, se están condenando a muchos inocentes, sobre la base de que le creemos al niño, al perito psicólogo o psiquiatra que dice que eso es cierto, al fiscal que dice que lo puede probar con una entrevista psicológica o judicial llena de errores forenses y al abogado que dice que es muy difícil probar lo contrario.
alexandrarodriguezpsicologa@gmail.com